miércoles, 12 de agosto de 2009

Ayudas a galerías de arte para la participación en ferias de arte en el exterior


Dentro de las subvenciones en materia de cultura destinadas por la Comunidad de Madrid en 2009, se establecen las ayudas a galerías para su participación en ferias de arte de reconocido prestigio en el extranjero. Un total de 92.000 € para una convocatoria donde las galerías participan en concurrencia no competitiva y donde tan sólo deberán responder a una personalidad jurídica de empresa y domicilio en la comunidad madrileña (España).


Ficha del certamen

Organiza: La Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Categorías: Ayudas a la movilidad.

Plazo de recepción de solicitudes: Hasta el 24 de agosto de 2009.

Límites de participación: Las galerías beberán estar domiciliados en la Comunidad de Madrid, entendiéndose cumplido el requisito de radicación cuando el domicilio de la actividad que consta en el alta en el Impuesto de Actividades Económicas sea cualquiera de los municipios de esta Comunidad.

Requisitos:

- Solicitantes cuya personalidad jurídica sea la de empresa, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo la actividad objeto de subvención.

- Las entidades deberán estar dadas de alta en el epígrafe 615 del Impuesto de Actividades Económicas, subepígrafe “Galerías de arte”, con una antigüedad mínima de dos años con respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

- No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra alguna de las prohibiciones para obtener subvención previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto suscribirán la oportuna declaración responsable.

- No podrán ser beneficiarios quienes tengan deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. El certificado acreditativo de tal circunstancia se solicitará directamente a la Consejería de Economía y Hacienda por el órgano instructor, por lo que no es preciso que sea aportado por el solicitante. En el caso de que dicha certificación no resultase positiva, se notificará al interesado para su subsanación.

- Los beneficiarios deberán mantener los requisitos que les permitieron acceder a tal consideración al menos hasta el momento en que justifiquen la aplicación de los fondos de la subvención al fin que motivó su concesión, según lo previsto en las presentes bases reguladoras y en las respectivas convocatorias.

Documentación:

- Solicitud. Los interesados podrán solicitar subvención para participar en dos ferias internacionales como máximo, cumplimentando una única solicitud en la que se especificará cada una de ellas.

A) Documentación común a todos los solicitantes:

a.1. Documento nacional de identidad del firmante de la solicitud.

a.2. Declaración responsable de no hallarse la entidad incursa en causa de prohibición para ser beneficiaria de subvenciones, según lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones (ver Gestión).

a.3. Documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social:

- Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

- Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social.

Las certificaciones deberán estar expedidas de forma genérica o a efectos de obtención de subvenciones, por lo que no se admitirán las emitidas para cualquier otra finalidad.

Igualmente se considerarán cumplidas las anteriores obligaciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión como consecuencia de impugnación, extremos que deberán acreditarse mediante la presentación de copia de la resolución en la que se concedan los aplazamientos o fraccionamientos o se acuerde la suspensión.

a.4. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, epígrafe 615, subepígrafe “Galerías de arte”. Se aportará también el último recibo pagado (el correspondiente al ejercicio anterior a la convocatoria) o declaración responsable de estar exento del pago del mismo.

a.5. Declaración responsable de las ayudas o subvenciones solicitadas u obtenidas para la misma finalidad, o declaración negativa de tales extremos (ver Gestión).

a.6. Proyecto o memoria explicativa de la participación en la feria de arte.

a.7. Presupuesto o balance de gastos de asistencia a la feria de arte.

B) Documentación específica que deberán añadir las personas jurídicas:

b.1. Código de identificación fiscal de la entidad.

b.2. Estatutos sociales y escritura pública de constitución debidamente inscrita en el registro correspondiente de acuerdo con su legislación reguladora, así como sus actualizaciones, en su caso.

b.3. Acreditación de las facultades conferidas al firmante para representar a la entidad, en el supuesto de que no figure en la propia escritura. Dicha representación deberá estar en vigor en el momento de presentación de la solicitud.

C) Particularidades de la documentación a presentar por las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad:

c.1. Solicitud cumplimentada y firmada por todos sus miembros.

c.2. Documento nacional de identidad, declaración responsable de no estar incurso en prohibición para obtener subvenciones y certificación de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social de cada uno de los miembros.

c.3. En el caso de comunidades de bienes, se aportará también certificación de la Administración Tributaria de que la entidad se encuentra al corriente de pago de sus obligaciones tributarias.

c.4. Código de identificación fiscal de la entidad.

c.5. Documento privado o público de constitución de la entidad. Salvo que se disponga otra cosa, se entenderá que los compromisos de ejecución de cada miembro de la agrupación se asumen a partes iguales.

c.6. Documentación que figura en los epígrafes a.4 hasta a.7.

Dotación: 59.000 euros.

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