sábado, 3 de abril de 2010

XXI Edición de Circuitos de Artes Plásticas y Fotografía




La Comunidad de Madrid ( España ) abre una nueva edición de su programa destinado a fomentar la creación en el ámbito de las artes plásticas y promocionar la obra y vida profesional de los jóvenes artistas. Un certamen dirigido a los residentes madrileños menores de 35 años que cuenta con una dotación global de 15.000 €.


Ficha del certamen

Organiza: Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte de la Comunidad de Madrid.

Categorías: Artes plásticas.

Plazo de recepción de solicitudes: Hasta el 12 de abril de 2010.

Requisitos:

a) Ser residentes en la Comunidad de Madrid, lo que se acreditará mediante el volante o certificado de empadronamiento correspondiente.
b) Tener la consideración de jóvenes, considerándose como tales a los solicitantes de edad inferior a treinta y cinco años el último día de presentación de solicitudes.

En el caso de tratarse de una agrupación o colectivo sin personalidad, al menos la mitad de sus miembros deberán cumplir los requisitos anteriores.

No podrán ser beneficiarios los artistas que hayan recibido ayuda para la misma finalidad en alguna de las dos ediciones anteriores. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra alguna de
las prohibiciones para ser beneficiario de subvención previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá la oportuna declaración responsable.
Asimismo, no podrán ser beneficiarios quienes tengan deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. El certificado acreditativo de tal circunstancia se solicitará directamente a la Consejería de Economía y Hacienda por el órgano instructor, por lo que no es preciso que sea aportado por el solicitante.En el caso de que dicha certificación no resultase positiva, se notificará al interesado para su subsanación en el plazo previsto en el artículo 4.4.

Documentación:

a) DNI o pasaporte (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).

b) Volante o certificación de empadronamiento de cualquiera de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid en el que conste que reside actualmente en la misma (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).

c) Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de prohibición para ser beneficiario de subvenciones, según lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

d) Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que el solicitante fuera propuesto como beneficiario por el Jurado Calificador, previamente a la concesión de la ayuda deberá aportar las certificaciones expedidas por la Administración tributaria y la Seguridad Social que se indican en el artículo 5.8.

e) Currículum vítae, abreviado en 50 líneas, con especial referencia a la actividad desarrollada en el área de las artes plásticas.

f) Declaración responsable donde conste que la obra es de autoría propia.

g) Si se presenta obra ya realizada se adjuntará su ficha técnica (título, año de realización, técnica empleada y dimensiones reales) y un dosier fotográfico, con un máximo de diez imágenes, sobre soporte papel (en formato DIN A-4 preferentemente). En ningún caso se admitirá obra original ni fotografías enmarcadas.

h) Si se tratara de proyectos para su producción se adjuntará: título, una breve descripción conceptual y un boceto del mismo, así como cualquier material informativo que facilite la comprensión de la obra. En el caso de obras audiovisuales se presentará una cinta de vídeo VHS, DVD o CD-Rom, indicando la duración de la misma.

i) En el caso de que la solicitud fuera presentada por una agrupación de personas o colectivo sin personalidad, se presentará la siguiente documentación:

- Solicitud cumplimentada y firmada por todos sus miembros.
- Los documentos de los epígrafes a), b), c) y d) se presentarán de forma individualizada de cada uno de sus miembros.
- La documentación prevista en los epígrafes e), f), g) y h) se presentará de forma conjunta por la agrupación.
- Documento privado o público de constitución de la agrupación. Salvo que se disponga otra cosa, se entenderá que los compromisos de cada miembro se asumen a partes iguales.
- Escrito suscrito por los miembros de la agrupación mediante el que nombran un representante o apoderado único responsable del cumplimiento de las obligaciones que como beneficiario, en su caso, correspondan a la agrupación. Asimismo, deberá indicar el porcentaje de la ayuda que, en dicho caso, corresponda abonar a cada uno de ellos.

Premios:

1. El importe de la convocatoria asciende a 15.000 euros, gasto que se contraerá con cargo a la partida 48390, del programa 081, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2010.
2. Las ayudas tendrán la misma cuantía para todos los beneficiarios, no pudiendo exceder individualmente de 3.000 euros. Sobre la cuantía de las ayudas se realizarán las retenciones tributarias que en su caso sean procedentes.


Más información: Comunidad de Madrid, BOCM

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